Olimerca.-  La Asociación empresarial de almazaras industriales, Infaoliva, ha mostrado su satisfacción por la nueva sentencia del Juzgado Central de lo contencioso administrativo nº 8 de Madrid, de 8 de enero de 2021, en la que se recoge que los plazos de pago a los agricultores que entregan sus aceitunas a las almazaras industriales no comienzan desde la entrega del fruto, sino desde que el agricultora pida su liquidación correspondiente.

Tiempo atrás habían sido numerosas las almazaras industriales que habían sido inspeccionadas y sancionadas por la AICA, por liquidar a sus cosecheros pasados más de treinta días desde la entrega de la aceituna, y con esta sentencia se pone un punto y final a una reivindicación que ya venía reclamando desde el pasado año las almazaras industriales.

En la sentencia se pone de manifiesto ante el juzgado por la recurrente y se recoge por la resolución en sus Fundamentos jurídicos y antecedentes, como hay dos tipos diferenciados de industrias de almazaras y productores: industriales y cooperativas, y tal modo de actuar obligando a liquidar en tal plazo podría perjudicar precisamente a los agricultores.