Olimerca.- El Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, por el que se establecen normas para la nutrición sostenible en los suelos agrarios, busca conseguir un aporte sostenible de nutrientes en la agricultura, previendo un marco de acción que permita mantener o aumentar la productividad de los suelos agrarios, a la vez que se disminuye el impacto ambiental y climático de la aplicación en dichos suelos de productos fertilizantes y otras fuentes de nutrientes o materia orgánica.

En este último punto, se consideró fundamental contar con un instrumento censal que facilite la realización de estadísticas, la planificación y ejecución de los controles oficiales por las comunidades autónomas y de otras políticas agrarias.

El artículo 18 de dicho real decreto crea el Registro general de fabricantes y otros agentes económicos de productos fertilizantes (REGFER), en el que deberán inscribirse todos los operadores que pongan estos productos a disposición del agricultor.

Igualmente obliga a desarrollar por orden ministerial su estructura y funcionamiento y el modo de operar. La disposición final octava del citado Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para aprobarla.

Este registro, de acuerdo con las disposiciones del artículo 18, debe contener las secciones necesarias para inscribir a los distintos operadores, establecer un sistema para otorgar un número de registro, y desarrollar el procedimiento de inscripción. Igualmente, debe incluir las instrucciones para que los agentes económicos puedan cumplir con sus obligaciones de remisión información sobre el mercado.

El contenido del registro y de los datos se ha actualizado y concretado respecto del inicialmente contemplado en el anexo X del Real Decreto 1051/2022, de 27 de diciembre, para contemplar las nuevas necesidades y prioridades en estos ámbitos.