Olimerca.- El Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) publica este martes, 22 de octubre, un reglamento el que aclara la metodología de muestreo para unificar los criterios de clasificación entre un aceite de oliva y un aceite de oliva virgen extra.

Entre otras cosas, este reglamento indica que los defectos organolépticos pueden surgir durante el proceso de elaboración del aceite de oliva, pero también pueden deberse a unas condiciones inadecuadas de transporte y almacenamiento.

Por lo tanto, añade que es necesario especificar las formas de notificación entre los distintos Estados miembros de los defectos organolépticos que se detecten en un aceite etiquetado como aceite de oliva virgen extra.

Indica también que los métodos de análisis que deben usarse para evaluar las características de los aceites se actualizan periódicamente en función de la opinión de expertos químicos y en consonancia con los trabajos efectuados en el Consejo Oleícola Internacional (COI).

Añade que dadas las diferentes interpretaciones que hacen las autoridades que realizan controles de conformidad, debe aclararse la metodología de muestreo.

Además, indica que cuando una muestra de aceite de oliva virgen extra no cumpla el límite fijado para la mediana del defecto organoléptico establecida en el Reglamento Delegado (UE) 2022/2104, los Estados miembros afectados lo notificarán como incumplimiento de conformidad con el artículo 16 del Reglamento de Ejecución (UE) 2019/1715, a menos que las autoridades nacionales sospechen que ello obedece a una acción intencionada por parte de las empresas o particulares, con el fin de engañar a los compradores y obtener una ventaja indebida de ello.

Este reglamento entrará en vigor pasados 20 días desde su publicación en el DOUE.

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