Olimerca.- El Consejo Europeo ha dado su visto bueno definitivo al Reglamento por el que se establece el primer marco de certificación a escala de la UE para las absorciones permanentes de carbono, la carbonocultura y el almacenamiento de carbono en productos. 

Este marco, de carácter voluntario, facilitará y fomentará las actividades de absorción de carbono y de reducción de emisiones del suelo de alta calidad en la UE, como complemento de las reducciones sostenidas de las emisiones.

El Reglamento será el primer paso para introducir en la legislación de la UE un marco de certificación integral para las absorciones de carbono y la reducción de emisiones del suelo, y ayudará a la UE a alcanzar su objetivo de neutralidad climática de aquí a 2050.

Actividades
El Reglamento abarca las siguientes actividades en toda la UE:

  • Absorciones permanentes de carbono que capturan y almacenan carbono atmosférico o biogénico durante varios siglos (por ejemplo, bioenergía con captura y almacenamiento de carbono y con captura directa del aire con almacenamiento);
  • Actividades de almacenamiento de carbono que capturan y almacenan carbono en productos duraderos durante al menos 35 años (como los productos de construcción derivados de la madera);
  • Actividades de carbonocultura que mejoran el secuestro y el almacenamiento de carbono en bosques y suelos, o que reducen las emisiones de gases de efecto invernadero de los suelos durante un período de al menos cinco años (por ejemplo, la reforestación, la restauración de turberas o humedales y la mejora del uso de fertilizantes).

Criterios de certificación
Las actividades de absorción de carbono tendrán que cumplir cuatro criterios generales para ser certificadas:

  • Deben generar un beneficio neto de la absorción de carbono o un beneficio neto de la reducción de las emisiones del suelo cuantificado;
  • Deben ser adicionales, lo que significa que van más allá de los requisitos legales en lo que respecta al operador individual y necesitan el efecto incentivador de la certificación para que sea viable desde el punto de vista financiero;
  • Deben tener como objetivo garantizar el almacenamiento a largo plazo de carbono y minimizar el riesgo de liberación de carbono;
  • No deben causar un perjuicio significativo al medio ambiente y deben poder producir beneficios secundarios para uno o varios de los objetivos de sostenibilidad.
  • Además, las actividades que puedan optar a la certificación deberán ser verificadas de forma independiente por organismos de certificación terceros.